Acedo Jurado, Dionisio
Nacimiento: 31/8/1898, Bélmez, provincia de Córdoba
Fallecimiento [?]
Biografía:
El 18 de julio de 1936 poseía el grado de suboficial de Aviación en el aeródromo del Agoncillo en Logroño. Los sublevados le acusaron de “ideología izquierdista” y de no adherirse al alzamiento. Se refugió en su domicilio entre el 18 y el 20 de julio. Fue detenido el 21. Trasladado a la prisión de Pamplona, pasó por consejo de guerra el 16 de julio de 1937. Le condenaron a muerte, pena conmutada por 30 años de reclusión. El 28 de julio de 1938, una nueva conmutación le redujo la condena a 12 años y 1 día. Continuó en prisión hasta el 10 de diciembre de 1938. De forma inesperada para él fue conducido por guardias civiles al puente internacional de Irún para ser canjeado. Se trasladó a la España republicana por la frontera de Port Bou. Hizo su presentación en la jefatura de Aviación de Barcelona. Le comunicaron que la propuesta de canje había partido de las autoridades republicanas. Ascendió inmediatamente al empleo de teniente con la antigüedad de 19 de julio de 1936. Fue destinado a una escuela de mecánicos; no tuvo tiempo natural de tomar posesión. El 8 de febrero de 1939 cruzó nuevamente la frontera francesa, esta vez en sentido inverso. Permaneció exiliado en Francia hasta el 24 de abril de 1944. La cárcel de Gerona constituyó su nuevo domicilio. El 9 de febrero de 1945 pasó al régimen de prisión atenuada. El 5 de junio se enfrentó nuevamente a un consejo de guerra. Iba a sufrir la aberración jurídica de ser dos veces juzgado por el mismo supuesto delito. No valió la argumentación de su defensor, oficial del ejército vencedor, sobre la cosa ya juzgada. Incluso el fiscal lo reconoció. Sin embargo, fue condenado a 12 años y 1 día, por auxilio a la rebelión, aunque el defensor insistió en que ese pretendido delito ya había sido juzgado, y tras el canje apenas había permanecido dos meses en zona republicana, sin llegar a posesionarse de ningún destino; no había ejercida función alguna. Al menos le dejaron en libertad vigilada. Posteriormente le conmutaron la pérdida de empleo por la separación de servicio, lo que le abría las puertas a la percepción de retiro. El 12 de junio de 1956 le concedieron la ridícula pensión de 125 pesetas mensuales. Tuvo que esperar a los beneficios de la legislación de amnistía tras el final de la dictadura. El 29 de septiembre de 1977, le fijaron una pensión normalizada de brigada. Dos años después le reconocieron el grado de capitán, cuando ya tenía 81 años. En este lapso paso de cobrar 16.608 pesetas mensuales a 47.340. Por entonces residía en Alicante.
Fuentes: Ángel Bahamonde Magro. Diccionario biográfico del exilio español de 1939: los militares (Diccionario en preparación)