Garrido Sánchez, José

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Garrido Sánchez, José

Cargo: Concejal por Vilardebós (Orense)

Nacimiento: ?, Vilardebós, provincia de Orense

Fallecimiento ?

Biografía:

Panadero de profesión. Hijo de Manuel y Teresa. Natural de Brasil, partido judicial de Santos y vecino de Veiga de Las Meás (Vilardebós), provincia de Orense. Casado con Rosa Gallego Martínez, con 2 hijos.
Secretario de la Agrupación Socialista de Verín. Llegó a ser Teniente de Alcalde en el mismo municipio en febrero de 1936. Desenvolvió una activa labor siendo el principal responsable ya que la mayor parte del tiempo ejerció como Alcalde, el titular Manuel Menéndez renunció de su cargo el 24 de abril de 1936 y Garrido se encargaba de la organización de diferentes medidas designadas a consolidar el predominio de los izquierdistas en los diferentes empleos oficiales. Entre ellas figuran su propuesta de destitución «de dos porteros, los cuatro Alguaciles, el Oficial 2º de Secretaría, el encargado de la línea telefónica, los dos limpiadores de calles y fuentes, el depositario y el recaudador del impuesto de utilidades, por faltas graves…». Tiene carné del PSOE de Verín con el nº 49.

Tras los sucesos posteriores al levantamiento fue detenido por las autoridades. A los pocos días fue puesto en libertad y fue el momento en que aprovechó para darse a la fuga. Huyó a Portugal, regresando a España el 21 de noviembre de 1936. Se escondió en su casa hasta el 3 de julio de 1938 cuando fue detenido por la Guardia Civil e ingresado en la cárcel de Verín donde estuvo hasta el día 24 de septiembre de 1938 que fue puesto en libertad condicional, teniendo que presentarse periódicamente en el puesto de la Guardia Civil de Verín.
El fiscal pide para él reclusión temporal, por el delito de auxilio a la rebelión. Pasó por Consejo de Guerra el 24 de marzo de 1941, siendo condenado a 12 años y un día de reclusión temporal. Pero teniendo en cuenta la orden circular de 25 de enero de 1939, la pena tenía que ser conmutada por 4 de prisión correccional.

El 26 de abril de 1941 el Capitán General decreta que se le conceda la prisión atenuada en su domicilio, tramitando su libertad condicional. [FLT]

Fuentes:

Archivo Militar de Ferrol, causa 825/36 Orense
Julio Prada, Ourense 1936-1939, Alzamento, guerra e represión. Ed. Do Castro, Sada, 2004 p.373-374 e ídem. En www.depourense.es/represión